Si obtuviste la residencia derivada del matrimonio y se establecieron condiciones en tu residencia, por medio de este trámite se eliminan esas condiciones para que se te otorgue una residencia permanente que ya no está condicionada.
Si arreglaste la residencia derivada de haber contraído matrimonio con un residente o ciudadano de Estados Unidos y al momento de haber recibido tu residencia, aún no tenías dos años o más de haberte casado, el gobierno de Estados Unidos te concedió una residencia condicionada o "Conditional Resident".
Una vez que has cumplido los dos años de haber contraído matrimonio, siempre y cuando sigas en esa unión marital, puedes solicitar al gobierno de Estados Unidos que elimine las condiciones de tu residencia.
1. La persona debe haber cumplido el tiempo o término de la residencia condicionada.
2. Si el solicitante tiene hijos que obtuvieron también la residencia como derivados el mismo día o dentro de lso 90 días posteriores, se deben incluir sus datos en la solicitud.
3. En caso que dichos hijos no hayan adquirido la residencia dentro de esos 90 días, ellos deberán llevar su propio trámite para remover condiciones.
4. Si aún estás unido en matrimonio, presenta el trámite con tu esposo. De lo contrario, aún puedes presentar este trámite sí:
Si aún estás en matrimonio con tu solicitante. Dentro de los 90 días previos a al vencimiento de que tu residencia condicional expire.
Si vas a solicitar que el requisito de presentar junto con tu cónyuge sea omitido o será una solicitud individual. Puedes presentar esta solicitud en cualquier momento, una vez que tengas tu residencia condicionada y previo a que seas deportado o removido de los Estados Unidos.
Si esta solicitud no es presentada, automáticamente perderás tu estatus de residente permanente, eso sucederá dos años después de la fecha en que se te concedió la residencia condicionada y podrás ser deportado de los Estados Unidos.
Si no pudiste presentar este trámite por causas ajenas a tu persona, es decir, que no fue tu culpa, podrás presentar el trámite tarde con una explicación escrita y solicitud a USCIS que excuse la presentación tardía. El solicitante será excusado de haber presentado una solicitud fuera de tiempo si demuestra que la causa del retraso fue debido a circunstancias extraordinarias y fuera del control del solicitante y que el tiempo del retraso fue razonable.
Concepto | Costo | Moneda |
---|---|---|
Filing Fee (Costo con el gobierno) |
$750.00 |
Dólares |
Concepto | Costo | Moneda |
---|---|---|
Honorarios |
$250.00 |
Dólares |
Deberás presentar tu solicitud con copia de tu tarjeta de residencia permanente y de los hijos que estes incluyendo en tu solicitud. La copia debe ser por ambos lados.
Se debe presentar documentos que acrediten que existe una relación de buena fe con su cónyuge, que el matrimonio no fue con el propósito de obtener un beneficio migratorio u otra causa ilicita, proporcione copias de todos los documentos que tenga para probar este hecho, estos documentos pueden incluir entre otros:
USCIS puede requerir que te presentes a una entrevista o proporciones biométricos en cualquier momento para verificar tu identidad. esto incluye una revisión a tus antecedentes penales o criminales con el FBI, previo a tomar una decisión en tu caso. Si se determina que debes tener una entrevista o debes proporcionar biométricos, se te hará llegar una notificación con los datos de tu cita.
Si arreglaste la residencia derivada de haber contraído matrimonio con un residente o ciudadano de Estados Unidos y al momento de haber recibido tu residencia, aún no tenías dos años o más de haberte casado, el gobierno de Estados Unidos te concedió una residencia condicionada, te dió el estatus de lo que se le conoce como "Conditional Resident".
Una vez que has cumplido los dos años de haber contraído matrimonio, siempre y cuando sigas en esa unión marital, puedes solicitar al gobierno de Estados Unidos que elimine las condiciones de tu residencia, esto es precisamente lo que te ayudamos a hacer con este trámite.